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La Inteligencia Artificial y el Derecho: ¿Los algoritmos reemplazarán a los abogados?


Luz Elena Sosa Martínez

En el 2022, la expresión “inteligencia artificial” (IA) fue votada como la palabra del año por la Fundación del Español Urgente de la Real Academia Española “Fundéu RAE”. Día a día se habla de los avances tecnológicos y su influencia en todas las profesiones, elementos que también afectan a la disciplina del Derecho, por lo tanto, ¿Qué sucederá con el mundo legal? ¿Seremos reemplazados los abogados por algoritmos?

Para dar respuesta a estas preguntas es necesario comprender el significado del término inteligencia artificial. El Diccionario de la Real Academia Española lo define como "una disciplina científica que se ocupa de crear programas informáticos que ejecutan operaciones comparables a las que realiza la mente humana, como el aprendizaje o el razonamiento lógico” (1).

La IA se construye a partir de algoritmos; es decir, instrucciones que indican a la máquina los procesos que debe ejecutar. Un sistema de IA requiere de una estructura algorítmica para resolver un determinado problema. Los sistemas autónomos tienen capacidad de aprendizaje (“machine learning”) y toma de decisiones a partir del análisis de la información que los programadores proveen a los algoritmos, la cual se ejecuta de manera supervisada o no.

Es importante mencionar que el algoritmo debe ser entrenado mediante el análisis de ejemplos concretos hasta que se obtengan generalizaciones como resultados. En consecuencia, sí es factible que existan algoritmos “discriminatorios” porque los datos proveídos a la IA pueden ser sesgados.

La inteligencia artificial en el mundo jurídico está presente en dos ámbitos: el primero, regular el impacto en los bienes y valores protegidos por el Derecho; el segundo, estudia el desarrollo de aplicaciones para su análisis y operación, ámbito que será el objeto central de este texto.

Como antecedente del uso de la IA en el mundo jurídico, nace la informática jurídica (2). Esta comenzó con la clasificación de leyes en bancos de datos cuyos primeros resultados fueron sistemas automatizados de recuperación de documentación jurídica.

Posteriormente, uno de los primeros logros de la IA fue la construcción de “sistemas expertos legales” (SEL). Son programas que, además de proveer información, producen y procesan conocimiento jurídico al reproducir un comportamiento semejante al de un perito humano.

Hay tres tipos: los que permiten recuperar información y la categorizan, los que califican como jurídico un hecho, y aquellos que permiten planificar las consecuencias de determinados supuestos jurídicos. 

Otro punto de interés es la problemática de su regulación, ya que existen opiniones divididas al respecto. Por un lado, hay quienes opinan que aún es prematuro legislar sobre la materia. En la otra parte, algunos consideran que la supervisión humana ayuda a garantizar que los sistemas de inteligencia artificial no causen daño alguno y que al legislar existirá mayor seguridad jurídica.

Adriana Campuzano Gallegos propone como estrategia la creación de principios o directrices, los cuales otorgan mayor flexibilidad.

Respecto de la ética, hay posturas a favor o en contra del uso de la tecnología; sin embargo, no podemos negar que las tradiciones legales antiguas no han resuelto los retos actuales. La Carta Ética Europea sobre uso de inteligencia artificial en los sistemas judiciales postula que los Estados deben asegurar que los servicios de IA sean compatibles con los derechos humanos.

En conclusión, la llegada de la inteligencia artificial al mundo jurídico ha influido en el ejercicio de la abogacía, en efecto, es imposible ignorar su presencia y las repercusiones que ha causado. El último delirio es la sustitución de la inteligencia humana por la inteligencia artificial, es decir, el reemplazo de los abogados por los algoritmos.

Hoy en día las máquinas no tienen capacidad de utilizar la experiencia humana y las relaciones afectivas entre personas. Como menciona Adriana Campuzano Gallegos: “¿Quieres subirte a la ola de la tecnología o quieres que te revuelque?”.

1 inteligencia artificial. (s. f.). Diccionario de la Real Academia Española. https://dle.rae.es/inteligencia
2  “Conjunto de conocimientos informáticos y jurídicos que coadyuvan a los juristas en el desarrollo de su profesión”.



Fuentes consultadas

1. Campuzano, A. “Inteligencia artificial para abogados, ya es tiempo” 1º Edición, Editorial Thomson Reuters.
2. Estapé, J. A. (2022, 30 diciembre). Inteligencia artificial es la Palabra del Año para la Fundéu RAE. Computer Hoy. https://computerhoy.com/software/inteligencia-artificial-palabra-ano-fundeurae-1177110
3. Inteligencia artificial. (s. f.). Diccionario de la Real Academia Española. https://dle.rae.es/inteligencia.

Las opiniones vertidas en este texto son responsabilidad única y exclusiva del autor o autora.

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