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Once años de derechos humanos


Luz María Mondragón

El 10 de junio se celebran once años de la histórica reforma constitucional de 2011 en materia de derechos humanos, paradigma que cambió el sistema jurídico de México, al incorporar los tratados internacionales. El Estado mexicano asumió responsabilidades, compromisos y obligaciones supranacionales.

Durante estos 11 años han registrado constante expansión. Desde la Cámara de Diputados fue ampliado el catálogo de derechos humanos. Por ejemplo, el derecho a la movilidad, a la seguridad vial, a un medio ambiente sano, al cuidado digno, a una vivienda.

Estas reformas legislativas han fortalecido el sentido progresivo de la doctrina de los derechos humanos. Uno de los principios que establece el artículo 1º constitucional es la progresividad: obligación del Estado de asegurar el progreso en el desarrollo de estos derechos; es, al mismo tiempo, una prohibición para que no se retroceda en su protección.

Por otra parte, respecto de la reforma de 2011, la esencia del nuevo paradigma de derechos humanos justo está en el Artículo 1º constitucional. Establece que las normas relativas a estos preceptos se interpretarán de conformidad con la Carta Magna y los Tratados Internacionales.

Asimismo, el artículo 1º constitucional mandata que todas las autoridades, en el ámbito de sus competencias, tienen obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos.

Obligaciones internacionales de México

Los tratados internacionales han sido fundamentales en la ampliación de los derechos humanos en México porque nuestro país ha signado la mayoría de ellos.

La nación mexicana forma parte de la Convención sobre los Derechos del Niño (el tratado más firmado en el mundo) y de la Convención Para la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés), el instrumento internacional vinculante más amplio sobre los derechos humanos de las mujeres y niñas. Es el segundo instrumento más ratificado por los Estados miembros de la ONU y su cumplimiento es obligatorio para los países.

Sentencias condenatorias al Estado mexicano

La Corte Interamericana de Derechos Humanos (CoIDH) ha emitido sentencias condenatorias a México:

El 25 de noviembre de 2021 emitió la sentencia más reciente contra el Estado mexicano, por el “Caso Digna Ochoa y Familiares vs. México”. Se determinó su responsabilidad por las graves fallas e irregularidades en la investigación por el asesinato de la defensora de derechos humanos (19 de octubre de 2001).

La Corte Interamericana desechó la teoría del suicidio. Documentó que el Estado violentó el derecho a la vida, la dignidad y la honra de Digna, y que se usó el aparato de justicia para desprestigiar su labor.

Esta sentencia es histórica porque obliga al Estado a fortalecer el Mecanismo de Protección para Personas Defensoras de Derechos Humanos y Periodistas.

También a la creación de un Mecanismo de Protección de Testigos que intervengan en el procedimiento penal, con parámetros y estándares internacionales, como el análisis de riesgo de forma personal, así como la protección a las personas beneficiarias.

Otras sentencias de la Corte contra el Estado mexicano:

*16 de noviembre de 2009. Caso González y otras vs. México. El emblemático caso “Campo Algodonero”, por el predio donde se encontraron los restos de las víctimas de feminicidio en Ciudad Juárez, Chihuahua: Claudia Ivette González, Esmeralda Herrera Monreal y Laura Berenice Ramos Monárrez, desaparecidas, violadas y asesinadas con extrema crueldad. Este caso conformó un parteaguas en materia de violencia por razones de género. Es la primera oportunidad en que la CoIDH se pronunció sobre el deber de no discriminación.

*31 de agosto de 2010. Caso Rosendo Cantú y otra vs México. Inés Fernández Ortega y Valentina Rosendo Cantú, indígenas me'phaa (Guerrero) víctimas de violación y tratos inhumanos por miembros del Ejército. Muestra la fragilidad de las víctimas frente a la omnipotencia y poderío del Estado y sus agentes. Evidencia la triple condición de vulnerabilidad: mujeres, en situación económica desfavorecida e indígenas.

*28 de noviembre de 2018. Caso 11 mujeres víctimas de tortura sexual en Atenco vs México. La CoIDH declaró la responsabilidad del Estado mexicano por las graves violaciones a derechos humanos de ellas. Sin embargo, hasta hoy, no ha cumplido a cabalidad con la sentencia.

Retos en derechos humanos

Desde su informe anual 2020, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) evaluó la situación de los derechos humanos en México. Algunos puntos:

-Es preocupante la desaparición de personas. Aumentan los casos de mujeres, niñas y niños (50 % se encuentra entre el rango de los 10 y 24 años de edad). Urgen políticas en materia de búsqueda con un enfoque de género que permitan analizar los patrones criminales en contra de mujeres y niñas a fin de prevenir su desaparición, así como medidas para esclarecer las desapariciones ya ocurridas.

-Urge cerrar la brecha entre el marco normativo y la realidad que experimenta un gran número de habitantes cuando buscan una justicia pronta y efectiva. Redoblar esfuerzos en materia de prevención de las violaciones a los derechos humanos.

-En seguridad pública, preocupa la existencia de un órgano conformado por personal y estructura de tipo militar en lugar de una institución de seguridad eminentemente civil. No cumple con los estándares ni con un marco general congruente con los tratados internacionales en derechos humanos, así como el mayor presupuesto y la concesión de funciones metaconstitucionales para esa corporación y las fuerzas armadas en su conjunto.

-Es necesario garantizar los derechos de las víctimas y superar las fallas al financiamiento de la Comisión Ejecutiva de Atención a Víctimas (CEAV).

-Agresiones contra periodistas: amenazas, violencia física y psicológica, intimidaciones, hostigamientos, asesinatos. Son muy preocupantes las declaraciones y pronunciamientos del Presidente de la República, particularmente en sus conferencias de prensa diarias o en otros escenarios.


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