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Quince años de prisión para quienes agredan con ácido


La Cámara de Diputados aprobó sancionar hasta con quince años de prisión a quien infiera lesiones con ácido. Cuando se afecte la cara, cuello, brazo, mano u órganos sexuales se aumentará hasta en un tercio de la pena.

Se establece que se impondrán de siete a quince años de prisión y de trescientos a setecientos días multa, a quien, por sí o por interpósita persona, infiera lesión o lesiones a otra persona, utilizando para ello cualquier tipo de ácido, álcali, agente o sustancia corrosiva, cáustica, irritante, tóxica o inflamable.

Señala que cuando la lesión o lesiones afecten la cara, el cuello, el brazo, la mano o los órganos sexuales de la víctima, la pena se aumentará hasta en un tercio, en su mínimo y en su máximo. Cuando la víctima sea mujer, persona con discapacidad o menor de edad, la pena se aumentará hasta en una mitad.

Indica que, si la lesión o lesiones afectan órganos o funciones vitales, ponen en peligro la vida o más de la mitad del cuerpo, se estará a la punibilidad prevista para el homicidio o el feminicidio, en grado de tentativa, según corresponda.

También se adiciona el artículo 36 de la Ley General de Víctimas a fin de estipular que, a las víctimas de lesiones inferidas con ácido o sustancias similares, se garantizará el acceso a cirugías reconstructivas.

Destaca que los ataques con ácido ya son un fenómeno con gran incidencia a nivel mundial. De acuerdo con cifras de la Organización Acid Survivors Trust International (ASTI), se calcula que al año se producen al menos mil 500 agresiones; más del 80 por ciento son contra mujeres latinas.

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