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Sanciones para feminicidios en grado de tentativa


La Cámara de Diputados aprobó con 453 votos reformar diversas disposiciones del Código Nacional de Procedimientos Penales, de la Ley Nacional de Ejecución Penal y del Código Penal Federal, en materia de sanción del feminicidio en grado de tentativa.

El documento tiene por objeto hacer procedente la prisión preventiva oficiosa para casos de feminicidio o en grado de tentativa punible. Establece que no gozarán de la libertad condicionada, libertad anticipada, libertad preparatoria y la sustitución de la pena los sentenciados por este delito.

Además, en los casos de feminicidio cometido en grado de tentativa punible, la autoridad judicial impondrá una pena de prisión que no será menor a la mitad y podrá llegar hasta las dos terceras partes de la sanción máxima prevista para el delito, que de acuerdo con el Código va de 40 a 60 años de cárcel. Indica que el objetivo es asegurar el derecho humano de acceso a la justicia y reparación del daño en favor de las víctimas indirectas en el caso de feminicidio y en favor de las víctimas en el caso de tentativa punible.


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